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  • Un fabricante de automóviles quiere promocionar sus vehículos eléctricos a los usuarios respetuosos con el medioambiente que viven en la ciudad fuera del horario laboral. La publicidad se presenta en una página con contenido relacionado (como un artículo sobre medidas contra el cambio climático) después de las 18:30 h a los usuarios cuya ubicación no precisa sugiera que se encuentran en una zona urbana.
  • Un importante fabricante de acuarelas quiere realizar una campaña publicitaria en Internet para dar a conocer su última gama de acuarelas con la finalidad de llegar tanto a artistas aficionados como a profesionales y, a su vez, se evite mostrar el anuncio junto a otro contenido no relacionado (por ejemplo, artículos sobre cómo pintar una casa). Se detectará y limitará el número de veces que se ha presentado el anuncio a fin de no mostrarlo demasiadas veces.

La información sobre tu actividad en este servicio (por ejemplo, los formularios que rellenes, el contenido que estás consumiendo) puede almacenarse y combinarse con otra información que se tenga sobre tu persona o sobre usuarios similares(por ejemplo, información sobre tu actividad previa en este servicio y en otras páginas web o aplicaciones). Posteriormente, esto se utilizará para crear o mejorar un perfil sobre tu persona (que podría incluir posibles intereses y aspectos personales). Tu perfil puede utilizarse (también en un momento posterior) para mostrarte publicidad que pueda parecerte más relevante en función de tus posibles intereses, ya sea por parte nuestra o de terceros.

  • En una plataforma de redes sociales has leído varios artículos sobre cómo construir una casa en un árbol Esta información podría añadirse a un perfil determinado para indicar tuinterés en el contenido relacionado con la naturaleza, así como en los tutoriales de bricolaje (con el objetivo de permitir la personalización del contenido, de modo que en el futuro, por ejemplo, se te muestren más publicaciones de blogs y artículos sobre casas en árboles y cabañas de madera).
  • Has visualizado tres vídeos sobre la exploración espacial en diferentes aplicaciones de televisión. Una plataforma de noticias sin relación con las anteriores y con la que no has tenido contacto en el pasado crea un perfil basado en esa conducta de visualización marcando la exploración del espacio como un tema de tu posible interés para para otros vídeos.

El contenido que se te presenta en este servicio puede basarse en un perfilde personalización de contenido que se haya realizado previamente sobre tu persona, lo que puede reflejar tu actividad en este u otros servicios (por ejemplo, los formularios con los que interactúas o el contenido que visualizas), tus posibles intereses y aspectos personales. Un ejemplo de lo anterior sería la adaptación del orden en el que se te presenta el contenido, para que así te resulte más sencillo encontrar el contenido (no publicitario) que coincida con tus intereses.

  • Has leído unos artículos sobre comida vegetariana en una plataforma de redes sociales. Posteriormente has usado una aplicación de cocina de una empresa sin relación con la anterior plataforma. El perfil que se ha creado sobre tu persona en la plataforma de redes sociales se utilizará para mostrarte recetas vegetarianas en la pantalla de bienvenida de la aplicación de cocina.
  • Has visualizado tres vídeos sobre remo en páginas web diferentes. Una plataforma de video, no relacionada con la página web en la que has visualizado los vídeos sobre remo, pero basandose en el perfil creado cuando visistaste dicha web, podrá recomendarte otros 5 vídeos sobre remo cuando utilices la plataforma de video a través de tu televisor .

La información sobre qué publicidad se te presenta y sobre la forma en que interactúas con ella puede utilizarse para determinar lo bien que ha funcionado un anuncio en tu caso o en el de otros usuarios y si se han alcanzado los objetivos publicitarios. Por ejemplo, si has visualizado un anuncio, si has hecho clic sobre el mismo, si eso te ha llevado posteriormente a comprar un producto o a visitar una página web, etc. Esto resulta muy útil para comprender la relevancia de las campañas publicitarias.

  • Has hecho clic en un anuncio en una página web/medio de comunicación sobre descuentos realizados por una tienda online con motivo del “Black Friday” online y posteriormente has comprado un producto. Ese clic que has hecho estará vinculado a esa compra. Tu interacción y la de otros usuarios se medirán para saber el número de clics en el anuncio que han terminado en compra.
  • Usted es una de las pocas personas que ha hecho clic en un anuncio que promociona un descuento por el “Día de la madre”de una tienda de regalos en Internet dentro de la aplicación de una web/medio de comunicación. El medio de comunicación quiere contar con informes para comprender con qué frecuencia usted y otros usuarios han visualizado o han hecho clic en un anuncio determinado dentro de la aplicación y, en particular, en el anuncio del “Día de la madre” para así ayudar al medio de comunicación y a sus socios (por ejemplo, las agencias de publicidad) a optimizar la ubicación de los anuncios.

La información sobre qué contenido se te presenta y sobre la forma en que interactúas con él puede utilizarse para determinar, por ejemplo, si el contenido (no publicitario) ha llegado a su público previsto y ha coincidido con sus intereses. Por ejemplo, si hasleído un artículo, si has visualizado un vídeo, si has escuchado un “pódcast” o si has consultado la descripción de un producto, cuánto tiempo has pasado en esos servicios y en las páginas web que has visitado, etc. Esto resulta muy útil para comprender la relevancia del contenido (no publicitario) que se te muestra.

  • Has leído una publicación en un blog sobre senderismo desde la aplicación móvil de un editor/medio de comunicación y has seguido un enlace a una publicación recomendada y relacionada con esa publicación. Tus interacciones se registrarán para indicar que la publicación inicial sobre senderismo te ha resultado útil y que la misma ha tenido éxito a la hora de ganarse tu interés en la publicación relacionada. Esto se medirá para saber si deben publicarse más contenidos sobre senderismo en el futuro y para saber dónde emplazarlos en la pantalla de inicio de la aplicación móvil.
  • Se te ha presentado un vídeo sobre tendencias de moda, pero tu y otros usuarios habéis dejado de visualizarlo transcurridos unos 30 segundos. Esta información se utilizará para valorar la duración óptima de los futuros vídeos sobre tendencias de moda.

Se pueden generar informes basados en la combinación de conjuntos de datos (como perfiles de usuario, estadísticas, estudios de mercado, datos analíticos) respecto a tus interacciones y las de otros usuarios con el contenido publicitario (o no publicitario) para identificar las características comunes (por ejemplo, para determinar qué público objetivo es más receptivo a una campaña publicitaria o a ciertos contenidos).

  • El propietario de una librería que opera en Internet quiere contar con informes comerciales que muestren la proporción de visitantes que han visitado su página y se han ido sin comprar nada o que han consultado y comprado la última autobiografía publicada, así como la edad media y la distribución de género para cada uno de los dos grupos de visitantes. Posteriormente, los datos relacionados con la navegación que realizas en su página y sobre tus características personales se utilizan y combinan con otros datos para crear estas estadísticas.
  • Un anunciante quiere tener una mayor comprensión del tipo de público que interactúa con sus anuncios. Por ello, acude a un instituto de investigación con el fin de comparar las características de los usuarios que han interactuado con el anuncio con los atributos típicos de usuarios de plataformas similares en diferentes dispositivos. Esta comparación revela al anunciante que su público publicitario está accediendo principalmente a los anuncios a través de dispositivos móviles y que es probable que su rango de edad se encuentre entre los 45 y los 60 años.

La información sobre tu actividad en este servicio, como tu interacción con los anuncios o con el contenido, puede resultar muy útil para mejorar productos y servicios, así como para crear otros nuevos en base a las interacciones de los usuarios, el tipo de audiencia, etc. Esta finalidad específica no incluye el desarrollo ni la mejora de los perfiles de usuario y de identificadores.

  • Una plataforma tecnológica que opera con un proveedor de redes sociales observa un crecimiento en los usuarios de aplicaciones móviles y se da cuenta de que, en funciónde sus perfiles, muchos de ellos se conectan a través de conexiones móviles. La plataforma utiliza una tecnología nueva para mostrar anuncios con un formato óptimo para los dispositivos móviles y con un ancho de banda bajo a fin de mejorar su rendimiento.
  • Un anunciante está buscando una forma de mostrar anuncios en un nuevo tipo de dispositivo. El anunciante recopila información sobre la forma en que los usuarios interactúan con este nuevo tipo de dispositivo con el fin de determinar si puede crear un nuevo mecanismo para mostrar la publicidad en ese tipo de dispositivo.

El contenido que se presenta en este servicio puede basarse en datos limitados, como por ejemplo la página web o la aplicación que esté utilizando, tu ubicación no precisa, el tipo de dispositivo o el contenido con el que estás interactuando (o con el que has interactuado) (por ejemplo, para limitar el número de veces que se te presenta un vídeo o un artículo en concreto).

  • Una revista de viajes, para mejorar las experiencias de viaje en el extranjero, ha publicado en su página web un artículo sobre nuevos cursos que ofrece una escuela de idiomas por Internet. Las publicaciones del blog de la escuela se insertan directamente en la parte inferior de la página y se seleccionan en función de la ubicación no precisa del usuario (por ejemplo, publicaciones del blog que explican el plan de estudios del curso para idiomas diferentes al del país en el que este te encuentras).
  • Una aplicación móvil de noticias deportivas ha iniciado una nueva sección de artículos sobre los últimos partidos de fútbol. Cada artículo incluye vídeos alojados por una plataforma de streaming independiente que muestra los aspectos destacados de cada partido. Si adelantas un vídeo, esta información puede utilizarse para determinar que el siguiente vídeo a reproducir sea de menor duración.

Se puede utilizar la localización geográfica precisa y la información sobre las características del dispositivo

Al contar con tu aprobación, tu ubicación exacta (dentro de un radio inferior a 500 metros) podrá utilizarse para apoyar las finalidades que se explican en este documento.

Con tu aceptación, se pueden solicitar y utilizar ciertas características específicas de tu dispositivo para distinguirlo de otros (por ejemplo, las fuentes o complementos instalados y la resolución de su pantalla) en apoyo de las finalidades que se explican en este documento.

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Composición conceptual con una llave sobre un bloque de piedra frente a estructuras de madera que contienen billetes y el símbolo de porcentaje.
El nuevo marco regulatorio del Real Decreto-ley 29/2026 introduce exenciones en el IRPF para propietarios que reduzcan el precio de la renta.

Reducción IRPF alquiler: hasta el 100% de exención si bajas la renta

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El Gobierno ha puesto en marcha el Real Decreto-ley 29/2026, que cambia la fiscalidad del alquiler en España: los propietarios que bajen la renta más de un 5% respecto al contrato anterior podrán dejar exenta esa cantidad en el IRPF. La norma, pendiente de convalidación en el Congreso, busca empujar los precios a la baja en un mercado donde la oferta de vivienda sigue siendo escasa.

El Gobierno ha diseñado un sistema de tramos que premia o penaliza según lo que haga el propietario con la renta al renovar o firmar un nuevo contrato. Así lo recoge el nuevo decreto de vivienda, que llega en un mercado marcado por los constantes cambios normativos de los últimos años. La clave está en una cifra: más de un 5% de rebaja sobre la última renta pagada.

¿Cuánto hay que bajar el alquiler para librarse del IRPF?

Si un propietario rebaja la renta más de un 5% respecto a la última cuota del contrato anterior, puede aplicar una reducción del 100% en el IRPF sobre esos ingresos. Dicho de otro modo: si se cumplen las condiciones, el rendimiento neto del alquiler queda exento de tributación en la declaración de la renta. Por ejemplo, si la última renta pagada era de 1.000 euros al mes, una rebaja superior a 50 euros, ese 5%, activaría la exención completa sobre el rendimiento del alquiler.

Ese 100% no es el único escalón posible. El decreto contempla reducciones del 95%, 90%, 85% o 70% cuando la rebaja no llega a ese umbral o concurren otras circunstancias. Mantener el precio exacto del contrato anterior, es decir, congelarlo, da derecho a un 50%. Y si el propietario decide subir la renta, la bonificación cae a tramos de entre el 15% y el 40%, según el incremento aplicado. Estos porcentajes se aplican sobre el rendimiento neto que el arrendador declara en el IRPF.

Qué requisitos exige el decreto para la exención completa

La reducción máxima no se aplica de forma automática por el simple hecho de bajar el precio. El propietario no puede tener la consideración de gran tenedor de vivienda, y si renueva contrato con el mismo inquilino, la rebaja solo cuenta una vez finalizado el plazo mínimo de cinco años o las prórrogas legales que correspondan. Esta limitación busca que el beneficio llegue sobre todo a propietarios particulares, y no a los grandes operadores del mercado del alquiler.

Si el nuevo contrato se firma con un inquilino distinto, el decreto añade una condición extra: no basta con bajar más de un 5%, el precio también debe quedar por debajo del límite marcado por el sistema de índices de referencia del alquiler. La ubicación en una zona declarada como mercado residencial tensionado puede mover al propietario hacia los tramos intermedios del 90% o el 95%. El texto no detalla si existen límites adicionales por tipo de inquilino más allá de este supuesto.

Congelar la renta o alquilar por debajo del índice: qué cambia

En las semanas previas a la publicación en el BOE circularon varias versiones sobre cómo se aplicarían estos incentivos, incluidas menciones a congelar rentas o premiar las renovaciones sin subida de precio. El texto definitivo del Real Decreto-ley 29/2026, ya en vigor, resulta más estricto: exige una rebaja efectiva de más de un 5% para acceder a la bonificación máxima.

Por eso, congelar el alquiler no da acceso al 100%, sino que se queda en el tramo del 50%. La exigencia de alquilar por debajo del índice de referencia solo entra en juego cuando cambia el inquilino y se busca la exención total; si se mantiene al mismo arrendatario tras los cinco años legales, basta con superar el 5% de rebaja sin necesidad de cruzar ese umbral del índice. Es una distinción clave antes de preparar la próxima declaración.

Las protecciones nuevas para los inquilinos

El decreto no se queda solo en el lado fiscal del propietario. Incorpora también garantías adicionales para los inquilinos frente a posibles abusos o desahucios, aunque el alcance de esas coberturas varía según la vulnerabilidad económica de cada arrendatario. La idea del Gobierno es que el incentivo a bajar precios vaya acompañado de un colchón de protección en la otra punta del contrato.

Entre las medidas, se refuerzan los mecanismos de mediación obligatoria antes de iniciar cualquier procedimiento de desahucio por fin de contrato, con un papel más activo de los servicios sociales. Además, los nuevos contratos y las prórrogas deberán respetar el techo impuesto por los índices de referencia en las zonas tensionadas, lo que limita que el propietario traslade subidas desproporcionadas al renovar.

El decreto fija, además, que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato correrán a cargo del arrendador en cualquier firma o renovación que quiera beneficiarse de las ventajas fiscales. Si el propietario traslada esos honorarios al inquilino, pierde automáticamente el derecho a aplicar la reducción del 100% o cualquiera de los tramos inferiores. Esta cláusula busca cerrar una puerta trasera: evitar que el ahorro fiscal del propietario se compense cobrando al inquilino gastos que antes no le correspondían.

Una nueva deducción en el IRPF para los inquilinos con rentas más bajas

El paquete normativo también crea una deducción por alquiler en el IRPF para los arrendatarios con rentas más bajas, algo que hasta ahora dependía casi en exclusiva de las deducciones autonómicas y generaba un mosaico desigual según el territorio. El porcentaje rondaría el 10% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, aunque ni esa cifra ni el límite de renta aplicable figuran confirmados en el texto definitivo publicado hasta ahora.

Entre las cifras que se han manejado, el límite de ingresos para acceder a esta deducción rondaría los 33.000 euros anuales. La deducción, de confirmarse, se reflejaría en la declaración del ejercicio en que se firme el nuevo contrato con la renta reducida. Esta vía estatal busca reforzar el alivio fiscal que hasta ahora recaía casi en exclusiva en las comunidades autónomas, en un contexto de rentas que han subido con fuerza en las grandes ciudades en los últimos años.

Pasos para acogerse a la reducción máxima del IRPF

El primer paso es localizar la última renta pagada por el inquilino antes de que finalizara el contrato o sus prórrogas, y calcular sobre esa cifra una rebaja mínima del 5%. Si el inmueble está en zona tensionada y se cambia de inquilino, el nuevo precio tiene que cruzar también el umbral del índice de referencia. Dejar constancia de la nueva renta en el contrato firmado es obligatorio, y conservar la documentación que acredite la renta anterior resulta imprescindible para justificar ante Hacienda el porcentaje de rebaja aplicado.

El decreto ya está en vigor, aunque sigue pendiente de convalidación en el Congreso de los Diputados, y el texto no precisa con exactitud qué ocurre con los contratos firmados antes de su publicación ni la fecha de corte para el nuevo régimen. Dada la complejidad de los tramos intermedios y las zonas tensionadas, conviene revisar cada caso con un gestor o asesor fiscal antes de firmar.

Qué dicen los expertos sobre el impacto en el mercado

Las voces del sector no coinciden en el efecto real de la medida. Desde posiciones afines al Gobierno se defiende que estos incentivos fiscales pueden moderar las rentas en un contexto de oferta escasa y demanda desbordada, especialmente en las grandes ciudades, y que la exención del 100% puede animar a quienes tienen pisos vacíos o en alquiler turístico a meterlos en el mercado residencial a precios más bajos.

Otros analistas y representantes inmobiliarios dudan de su alcance real. Apuntan a que la inseguridad jurídica generada por los cambios normativos sucesivos, sumada a la necesidad de convalidación parlamentaria del propio decreto, enfría la inversión, y a que en las zonas de mayor demanda muchos propietarios no necesitarán bajar el precio para alquilar su vivienda.

El debate se mantiene abierto mientras el decreto avanza hacia su convalidación parlamentaria, en un contexto marcado por la escasez de vivienda en alquiler y el encarecimiento sostenido de las rentas en las principales ciudades españolas.

Preguntas frecuentes

¿Los ingresos por alquiler tributan en el IRPF?
Sí, los rendimientos del capital inmobiliario tributan en el IRPF como rendimientos netos (ingresos menos gastos deducibles). La nueva reducción del 100% actúa precisamente sobre esa base, pudiendo dejarla exenta si se cumplen los requisitos de rebaja de renta.
¿Afecta la reducción a los contratos de alquiler ya firmados?
Previsiblemente no con carácter retroactivo: los contratos ya firmados seguirían el régimen fiscal anterior hasta su próxima renovación, aunque el decreto no precisa una fecha de corte exacta para el cambio de régimen.
¿Hay que subir o mantener la renta para beneficiarse?
No. Para la reducción máxima del 100% es obligatorio rebajar la renta más de un 5% respecto al contrato anterior. Congelarla solo da derecho a un 50%, y subirla reduce la bonificación a tramos de entre el 15% y el 40%.
¿Pueden los inquilinos exigir que se les baje el alquiler?
No. La reducción del IRPF es un incentivo fiscal voluntario para el propietario; el decreto no obliga a los caseros a rebajar las rentas, premia fiscalmente a quienes lo hagan por iniciativa propia.
¿Cuándo se notará el beneficio en la declaración de la renta?
El efecto fiscal se reflejaría en la declaración del ejercicio en que se firme el nuevo contrato con la renta reducida, previsiblemente a partir de la primera campaña de la renta tras la entrada en vigor del decreto.